¿Cómo tramitar residencia para comunitarios? 🇪🇺 (Paso a Paso)

En este artículo, encontrarás una guía detallada sobre el proceso para obtener el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea (CUE), un trámite esencial para ciudadanos de la UE, EEE o Suiza que desean residir en España por más de 3 meses.

Por Micaela Araujo Magni · Publicado · Última actualización · Tiempo de lectura 06 mins
¿Cómo tramitar residencia para comunitarios? 🇪🇺 (Paso a Paso)
© Micaela Araujo Magni

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¿Qué es el CUE y quiénes deben tramitarlo?

El Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea (CUE) es un documento obligatorio para ciudadanos de países de la Unión Europea (UE), del Espacio Económico Europeo (EEE) o de Suiza que deseen residir en España por más de tres meses. Popularmente denominado “NIE verde”.

Este documento no acredita identidad, por lo que debe ir siempre acompañado del pasaporte o del documento de identidad del país de origen.

Características del CUE

  • Es un documento en formato tarjeta, pero de cartón verde sin foto ni huellas dactilares
  • Acredita la residencia en España
  • No acredita identidad, siempre debe ir acompañado del documento de identidad europeo (pasaporte o carta de identidad o DNI según el país)
  • Contiene tu NIE (número de identifación de extranjeros)

Requisitos y supuestos de tramitación

Existen cuatro supuestos de tramitación del CUE:

Supuestos de fondos económicos

Si el solicitante no trabaja en España, puede acreditar que cuenta con recursos económicos suficientes para mantenerse. Se requiere:

  • Cuenta bancaria en un banco español con los fondos acreditados (en la mayoría de las oficinas basta con el certificado de saldo bancario con el monto de dinero requerido, salvo en Valencia que piden movimientos bancarios, con una antiguedad de más de 6 meses)
  • Seguro médico privado contratado en España o la UE, completo, anual, sin copagos, y sin carencias o con carencias mínimas

Cuántos fondos se requieren? Según la Orden 1490/2012. Se considerará acreditación suficiente para el cumplimiento de este requisito la tenencia de recursos que sean superiores al importe que cada año fije para la prestación de la pensión no contributiva, teniendo en cuenta la situación personal y familiar del interesado.

Independientemente, de dicha regulación y el índice que toma como valor, considerando que igualmente la normativa de los comunitarios dice epecíficamente que el funcionario evaluará la situación y cada caso en particular. Por eso, las oficinas de extranjería tienen sus propios criterios respecto a los montos exigidos, lo que hace que pueda cambiar de una a otra oficina, o provincia. Pero, en términos generales, podríamos decir que suelen utilizar dos montos de referencia para dar por cumplido el requisito de fondos económicos, los del IPREM o los de la pensión no contributiva. Entonces, es fundamental siempre verificar antes, según la oficina de tramitación y el momento, el monto específico exigido.

Documentación a acreditar: si bien la normativa habla de que se pueden acreditar por variados medios de prueba, en la práctica lo que normalmente aceptan sin problema es un certificado de saldo bancario en una cuenta de España a nombre del solicitante con el importe requerido o más.

Importante: Si el CUE se tramita por supuesto de fondos económicos, lo ideal es por las dudas, llevar también documentación que pruebe y acredite la procedencia y origen de los fondos económicos algunos ejemplos: si estaban contratados recibos de sueldo del país de origen; si eran monotributistas o autónomos - declaraciones de ganancias, facturación, pago del sistema, etc; boleto de compra venta de vehículo; escritura de compra venta de vivienda; comprobantes de rentas o ingresos pasivos; si tenías ahorros en el banco, certificado de cuenta movimientos bancarios con sello y firma del banco). Esto no es un requisito, pero eventualmente le funcionario podría requerirlo o solicitarlo, por eso, lo ideal es tenerlo preparado y llevarlo por las dudas que se requiera.

Supuesto Trabajo por Cuenta Ajena - Contrato de trabajo

Si el solicitante tiene empleo en España, debe presentar:

  • Contrato de trabajo firmado (preferiblemente de más de 6 meses y con un sueldo mínimo legal, aunque a veces aceptan contratos part time por menos salario, dependerá del criterio de la oficina)
  • Certificado de alta en la Seguridad Social como empleado (pueden pedírselo al empleador o presentar su vida laboral)
  • Documento de derecho a asistencia sanitaria (generalmente no lo piden, ya que saben que al estar dado de alta en el sistema de seguridad social, ya tiene automaticamente derecho a la cobertura de salud pública, independientemente de los trámites que tenga que hacer para ingresar al sistema)

Supuesto Trabajo por Cuenta Propia (Autónomo)

Para aquellos que deseen establecerse como autónomos:

  • Alta en Hacienda y Seguridad Social como autónomo. A vecés pueden pedir los últimos comprobantes de pago a la SS
  • Última declaración de ingresos (si ya se tiene) o justificantes de ingresos (primeras facturas) o previsiones económicas. Como todo dependerá un poco de la oficina de extranjería que les toque según la Provincia, qué exigen al respecto. En algunas basta solo con el alta, en otras piden algunos documentos más para acreditar que es una actividad real y ya generando ingresos
  • Documento de derecho a asistencia sanitaria (generalmente no lo piden, ya que saben que al estar dado de alta en el sistema de seguridad social, ya tiene automaticamente derecho a la cobertura de salud pública, independientemente de los trámites que tenga que hacer para ingresar al sistema)

Supuesto de Estudiante

Los ciudadanos comunitarios pueden solicitar el CUE como estudiantes si:

  • Presentan justificación de matrícula en un centro de estudios
  • Demuestran fondos suficientes para su sustento o una declaración de posesión de los fondos para mantenerse (dependerá de la oficina que solicita, si requieren acreditación de fondos, serían la misma cantidad que en el supuseto de fondos económicos suficientes)
  • Contratan un seguro médico

Documentación común para cualquier supuesto

Independientemente del supuesto de la solicitud elegido, se requiere:

  • Formulario EX-18 completo y firmado
  • Pago de la tasa 790-012 - opción Certificado de Registro UE (actualmente -feb 2025 - €12). Se puede pagar en las cajas de los bancos (siempre revisar los horarios de caja para clientes y no clientes antes de ir). También se paga por algunos cajeros automáticos (recomendación cajero CAIXA permite operar aunque no seas cliente)
  • Pasaporte o documento de identidad vigente (puede tramitarse también con la Carta de Identidad o documento de identidad del país europeo, según lo que tengas)
  • Comprobante de cita previa
  • En la mayoría de las provincias, solicitan el empadronamiento

Forma de tramitación

  • El trámite del CUE es personal y presencial
  • Se tramita en las Oficinas de Expedición de Documentos de Extranjeros de la Policía Nacional asignadas a tal fin en cada ciudad o provincia
  • Generalmente se requiere cita previa (página cita de extranjería - TRÁMITES DE POLICÍA - opción: CERTIFICADO DE REGISTRO CIUDADANOS UE)

Paso a Paso

  1. Reunir todos los documentos requeridos
  2. Solicitar cita previa en la sede electrónica del gobierno de España (página cita de extranjería - TRÁMITES DE POLICÍA - opción: CERTIFICADO DE REGISTRO CIUDADANOS UE)
  3. Presentarse el día de la cita con la documentación
  4. En la mayoría de las oficinas, si todo está correcto, se expide el CUE de forma inmediata

Tiempos de espera:

  • En Madrid, las citas suelen estar disponibles en 7-15 días. En otras provincias suelen ser para más adelante, entonces siempre revisar antes, para tener en cuenta la demora que pueda haber para la cita
  • Si no hay citas disponibles, se recomienda revisar la web frecuentemente o unirse a grupos que compartan actualizaciones sobre disponibilidad

Consideraciones adicionales

  • Empadronamiento: No siempre se solicita en Madrid, pero en otras provincias puede ser requisito obligatorio
  • Justificación de fondos: En algunos casos, pueden pedir los documentos que acrediten la procedencia de los fondos (recibos de salario, contrato, declaración de impuestos del país de origen, acreditación de venta de bienes, etc)
  • Diferencias entre oficinas: Si bien está la normativa de los comunitarios en España como base (RD 240/2007), hay muchos aspectos que depende de la interpretación y el criterio que le da la oficina de tramitación, entonces según las distintas provincias, algunas oficinas pueden solicitar requisitos adicionales o montos específicos para la justificación económica
  • Tiempo de Tramitación: El trámite suele ser muy rápido, y en la mayoría de las oficinas si está todo ok, el documento se expide en el mismo día (salvo algunas excepciones, que lo entregan a los días)

Conclusión

El trámite del CUE es obligatorio para ciudadanos de la UE, EEE o Suiza que deseen residir en España por más de tres meses. Existen cuatro vías principales para solicitarlo: justificación de fondos económicos, actividad laboral por cuenta ajena (con contrato de trabajo), actividad por cuenta propia (autónomo) o estudios.

Es fundamental preparar la documentación adecuada, solicitar cita previa y presentarse con todos los requisitos en orden para obtener el CUE de forma fácil y efectiva.

¡Esperamos que esta guía te haya sido de ayuda! Si tienes dudas, revisa los enlaces oficiales o revisa en nuestro catálogo de servicios para tener asesoramiento personalizado.

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